La impugnación del auto de enjuiciamiento debe tener efecto suspensivo al no cumplirse con una condición del debido proceso
En la doctrina procesal, la atribución del efecto suspensivo o no a una impugnación, dependiendo del tipo de resolución que se cuestiona, tiene una larga tradición. Así, se establece que, si son sentencias o autos de sobreseimiento, la apelación será concedida con efecto suspensivo, lo que implica que la decisión en cuestión no será ejecutada mientras no se resuelva el recurso; ello paraliza el proceso. Por otra parte, si se trata de las denominadas resoluciones interlocutorias –que se expiden para resolver diversos asuntos dentro del proceso–, la apelación se concede sin efecto suspensivo, lo que permite que la decisión se ejecute y prosiga la tramitación. Para no obstaculizar su desarrollo, se eleva al superior únicamente un cuaderno o incidente. Si profundizamos en las razones........
