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La legislación europea va en contra de conclusiones como las de los casos contra Zapatero y Leire Díez

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02.06.2026

La velocidad con la que se suceden las noticias en relación a los principales casos que se juzgan en los tribunales, surgen novedades sobre ellos y la manera en la que estas se trasladan tanto desde la Jusiticia como la prensa estos días vuelve, nuevamente, a condicionar la capacidad de observar estos asuntos con perspectiva y atender al punto en el que se encuentran. Mientras casos como el de la Operación Kitchen, por ejemplo, sí se encuentran en una fase por la cual se procederá a determinar la culpabilidad o inocencia de los acusados, otras causas como las que enmarcan a José Luis Rodríguez Zapatero o Leire Díez en tramas por las cuales habrían podido cometer distintos delitos todavía se hallan en fases iniciales que buscan reunir presuntos hechos y señalar posibilidades por las cuales pueda corresponder abrir un juicio oral.

Es decir, los posibles indicios de culpabilidad a los que apuntan en sus informes los cuerpos de seguridad encargados de la investigación, así como las conclusiones que los jueces expresan en sus autos, no suponen, en este punto en el que están los casos mencionados, un señalamiento final, sino una enumeración de posibles acontecimientos a los que atender. En este sentido, en esta fase de Instrucción en la que se encuentran las causas de Zapatero y Díez todavía no se pronuncia aquello de "se considera probado", sino que corresponderá al magistrado que, si finalmente se abre juicio oral, se encargue de continuar con el procedimiento judicial abierto. Ahora bien, se........

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