El laberinto legal para devolver a los menores de Ceuta: familia, Fiscalía y protección antes del retorno
La devolución a Marruecos de los menores migrantes no acompañados que permanecen en Ceuta no puede resolverse con una orden general ni con un simple acuerdo entre gobiernos. Aunque el Ejecutivo ha situado la repatriación como una de sus prioridades tras la reciente oleada migratoria y el ministro de Exteriores, José Manuel Albares, ha asegurado que "hasta la última persona que ha entrado irregularmente en España volverá a Marruecos", en el caso de los menores existe un procedimiento específico que obliga a estudiar cada situación de manera individual. En estos momentos, 1.527 menores permanecen en la ciudad autónoma y su eventual retorno requiere mucho más que determinar que llegaron desde territorio marroquí.
La legislación española establece que el principio que debe guiar cualquier decisión es el interés superior del menor. El artículo 35 de la Ley de Extranjería contempla que, antes de iniciar un procedimiento de repatriación, la Administración debe solicitar información sobre las circunstancias familiares del menor a la representación diplomática de su país de origen. Es decir, antes de decidir si un niño o adolescente puede regresar a Marruecos, hay que conocer qué familia tiene allí, en qué condiciones se produciría el reencuentro y si ese retorno responde realmente a su interés.
A partir de ahí entra en juego un procedimiento que tiene varios actores. Si las primeras averiguaciones apuntan........
