¿Cómo afecta a los pequeños propietarios el decreto de vivienda? De las prórrogas obligatorias a los desahucios y las rebajas fiscales
DESGRANANDO EL DECRETO DE VIVIENDA (I)
¿Cómo afecta a los pequeños propietarios el decreto de vivienda? De las prórrogas obligatorias a los desahucios y las rebajas fiscales
El primero de los dos reales decretos aprobados por el Gobierno modifica las reglas para actualizar las rentas, alargar los contratos, pagar reparaciones o afrontar un desahucio, pero también amplía las ventajas fiscales para los pequeños caseros que mantengan o rebajen los alquileres
Cartel de alquiler de viviendas / JOSÉ LUIS ROCA
El nuevo real decreto-ley de vivienda del Gobierno no está dirigido únicamente contra grandes tenedores, fondos o socimis. Buena parte de las medidas afectan directamente a los pequeños propietarios, desde quien alquila una segunda vivienda hasta quien tiene varios pisos pero no alcanza la consideración de gran tenedor. Se trata del primero de los dos textos aprobados el martes por el Consejo de Ministros, que regula los desahucios, las prórrogas extraordinarias, las subidas de renta, los alquileres temporales y por habitaciones, la fiscalidad o los pisos turísticos, entre otras cuestiones.
La primera dificultad está precisamente en determinar qué es un pequeño propietario. El decreto no establece una definición única. La ley de vivienda mantiene como gran tenedor a quien posea más de diez viviendas, aunque en zonas tensionadas las comunidades autónomas pueden particularizar el umbral hasta cinco o más inmuebles. Sin embargo, cuando el nuevo decreto introduce una protección específica frente a determinadas suspensiones de desahucio, utiliza otra frontera: persona física propietaria de dos o menos viviendas.
Dos años más de contrato y límites a las subidas
Uno de los principales cambios para cualquier casero está en la duración de los contratos. Los alquileres habituales que venzan hasta el 31 de diciembre de 2028 podrán ser prorrogados a petición del inquilino hasta un máximo de dos años y el propietario estará obligado a aceptar la extensión. Solo hay varias excepciones, como que necesite........
