El Gobierno ordena a Competencia hacer un rastreo masivo de nuevas eléctricas ‘fantasma’ y empresas ‘pirata’ en el mercado de luz
El Gobierno ordena a Competencia hacer un rastreo masivo de nuevas eléctricas ‘fantasma’ y empresas ‘pirata’ en el mercado de luz
El Ejecutivo encarga a la CNMC un ‘macroinforme’ exprés sobre la existencia de prácticas irregulares entre las nuevas comercializadoras de luz y le pide propuestas para atajarlas
La vicepresidenta y ministra para la Transición Ecológica, Sara Aagesen, y la presidenta de la CNMC, Cani Fernández. / Miteco
El Gobierno se ha propuesto hacer una purga en el mercado de luz y expulsar del negocio a compañías que incumplen la normativa. El Ministerio para la Transición Ecológica viene ejecutando ya durante una criba masiva de compañías eléctricas sin ninguna actividad (eléctricas ‘fantasma’) o con operaciones irregulares (eléctricas ‘pirata’), y ha inhabilitado en poco más de un año a 40 comercializadoras y ha iniciado ahora el procedimiento legal para echar a otras 29 más.
El Ejecutivo también acaba de aprobar reformas legales para endurecer algunas de las medidas y agilizar los procesos de expulsión, y para evitar los trucos que utilizan algunas de esas empresas energéticas para evitar la inhabilitación, como adelantó este diario. Pero ahora pretende ir más allá. El Gobierno ha ordenado hacer un rastreo masivo del negocio de la comercialización de luz en busca de incumplimientos por parte de empresas, centrándose especialmente en las compañías de nueva creación.
El Ministerio para la Transición Ecológica, comandado por la vicepresidenta Sara Aagesen, ha encargado a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) la realización de un ‘macroinforme’ sobre prácticas irregulares en el sector. Competencia dispone de un plazo de cuatro meses para realizar un análisis exhaustivo de la existencia y evolución de estas prácticas ilícitas tanto por parte de compañías que en la práctica no tienen actividad o por empresas que incumplen otras obligaciones.
El objetivo fundamental del Ejecutivo pasa por que la CNMC haga una supervisión estricta de si las nuevas comercializadoras de luz cumplen con los requisitos legales para desempeñar la actividad, ya que las compañías pueden inscribirse en el registro de actividad sólo con una declaración responsable, según explican fuentes ministeriales a EL PERIÓDICO.
El Consejo de Ministros aprobó la pasada semana un real decreto que actualiza el reglamento de suministro y comercialización de la electricidad, que incluye medidas para evitar el ‘spam’ telefónico de las compañías eléctricas y para reforzar los derechos de los clientes y las obligaciones de las compañías. El Gobierno incluye en el real decreto el encargo a la CNMC de realizar el informe sobre irregularidades, y también le encarga que haga propuestas de nuevas reformas legales necesarias para combatir los comportamientos ilícitos que identifique.
Más exigencias a las eléctricas
En ese mismo real decreto energético, el departamento dirigido por Aagesen también aprobó cambios legales para endurecer algunas normas contra las eléctricas que no cumplen todas las obligaciones o que directamente no tienen actividad alguna. La razón de la inmensa mayoría de las inhabilitaciones de comercializadoras de luz ejecutadas por el Gobierno fue la inactividad total de las empresas durante el plazo de un año, pero el nuevo real decreto aprobado ahora reduce ese plazo a sólo seis meses.
Las comercializadoras deberán realizar compras de energía en el mercado eléctrico antes de que se cumplan seis meses desde su inscripción en el registro oficial del sector y también estarán obligadas a ejercer la actividad de comercialización de manera continua sin interrumpir la adquisición de electricidad en el mercado mayorista por un plazo superior a esos seis meses.
Algunas de las empresas inhabilitadas en esa criba masiva ejecutada por el Ejecutivo fueron expulsada por incumplir sus obligaciones de comprar suficiente energía para garantizar el suministro de sus clientes. Ésa sigue siendo la obligación legal con carácter general, pero el real decreto concreta que las comercializadoras deberán tener plenamente garantizado la compra de la electricidad equivalente al 100% del consumo estimado de sus clientes durante el mes siguiente.
La normativa vigente ya contempla la adopción de medidas para evitar que las eléctricas ‘pirata’ traten de perpetuar su actividad después de ser inhabilitadas, normalmente a través de otras compañías con otra nombre pero con los mismos socios. Ahora el Gobierno activa cambios legales para conseguir que algunas de esas medidas pasen a activarse ya de manera cautelar también mientras está en estudio el expediente de inhabilitación.
Durante el tiempo en que esté en marcha el procedimiento para estudiar la inhabilitación de una comercializadora el Ministerio podrá adoptar medias provisionales para impedir el traspaso de clientes a cualquier otra empresa del mismo grupo o a empresas vinculadas (ya sea por tener el mismo administrador o las que tengan socios que sean familiares o afinidad de administrador), para evitar que las empresas distribuidoras sigan tramitando nuevas altas de consumidores de la compañía bajo sospecha, y para prohibir que la energética expedientada acceda a la información sobre los puntos de suministro o de cambios de comercializadora de las bases de datos de la CNMC.
El país con más eléctricas
España es, con diferencia, el país europeo con mayor número de comercializadores eléctricos, como consecuencia de que no se exige una licencia administrativa previa y no se establecen barreras de entrada al negocio como sucede en otros mercados de la UE. En el registro de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia ahora mismo figuran como dadas de alta más de 550 comercializadoras. Pero no todas las empresas están realmente operativas.
El último informe de la CNMC sobre los mercados energéticos minoristas apunta que hace un año había sólo 416 comercializadoras realmente activas. Se consideran compañías activas las que tienen al menos un cliente y que compran energía para cubrir su suministro. La normativa hasta ahora establecía que el Ministerio para la Transición Ecológica tenía que inhabilitar a las comercializadoras que no presentaran ninguna actividad durante un año, pero ahora se ha reducido ese plazo a solo seis meses.
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El proceso administrativo para conseguirlo es complejo y ahora el Ejecutivo quiere agilizarlo. Y es que para aprobar la inhabilitación por inactividad, la Dirección General de Política Energética y Minas debe contrastar, por un lado, con la CNMC que la comercializadora no tiene ningún cliente; y, por otro, ha de comprobar con Red Eléctrica de España (REE), gestor del sistema eléctrico, y con el Operador del Mercado Ibérico de la Energía (OMIE), el gestor del mercado mayorista eléctrico, que las compañías efectivamente llevan más de un año sin comprar energía.
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