Observatorio: freno a las protestas vandalas
En un significativo fallo, la semana pasada, el Consejo de Estado delimita el derecho a la protesta y la circunscribe a que sea pacífica y no afecte injustificadamente los derechos de terceros, pues si se desborda perderían su protección constitucional.
El artículo 37 de nuestra Carta Magna nos dice que "toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Solo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho". El derecho de reunión ha sido concebido como una libertad pública fundamental, pues constituye una manifestación colectiva de la........
