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Fuero Petro

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17.07.2025

A pesar de los matices diferenciadores habidos entre sus argumentaciones jurídicas, todos coinciden en la improcedencia de la tutela en esta cuestión, y, sobre todo, en la irracionalidad que va envuelta en juzgar al fuero presidencial (solo tocante a lo penal y lo disciplinario) como límite para investigar y eventualmente sancionar administrativamente la violación de topes de la campaña petrista de 2022. Queda claro que el Consejo Nacional Electoral ha sido despojado de su autoridad constitucional y legal para verificar los hechos de una campaña presidencial cuando tal ha resultado ganadora, como en este caso. ¿Dónde........

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