La ley de fuga en Colombia
La sanción por este comportamiento oscila entre cuarenta y ocho (48) y ciento ocho (108) meses de prisión, según lo establecido en la normativa vigente. Definición y elementos constitutivos: La fuga de presos es considerada un delito de carácter instantáneo que produce efectos permanentes desde el momento en que la persona decide desconocer la custodia estatal. Esto implica que no importa el lugar donde se haya ejecutado la medida privativa de libertad, ya sea en un sitio de reclusión, hospital o domicilio. La consumación de este delito ocurre cuando el individuo se traslada hacia cualquier lugar sin autorización. Circunstancias agravantes: La pena por fuga de presos puede ser agravada en casos donde la persona privada de libertad esté vinculada a delitos de mayor impacto social, como genocidio, homicidio, desplazamiento forzado, tortura, desaparición........





















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