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Las consultas de los partidos políticos

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19.11.2025

Es uno de los mecanismos de participación democrática establecido en nuestra Constitución Política, donde todo ciudadano tiene derecho a la conformación del poder político. Tiene su fundamento jurídico en el artículo 107 de la Constitución Política y la Ley estatutaria 1475 de 2011.

En efecto, el artículo 5º dice: “Las consultas pueden ser internas o populares. Se denominarán internas cuando en ellas sólo puedan participar los miembros de la organización política que se encuentren en el registro de afiliados. Se denominarán populares cuando puedan hacerlo todos los ciudadanos inscritos en el censo electoral. Las consultas........

© El Heraldo