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Los organismos descentralizados

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29.03.2026

El artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que la Administración Pública Federal es centralizada y paraestatal.

Dentro de la evolución histórica de la administración pública encontramos formas para el mejoramiento de la prestación de sus servicios o funcionamiento. Se destaca la llamada “descentralización administrativa”, la cual fue inventada en Francia y consiste en que a ciertos entes denominados “establecimientos públicos” se les dota de auténtica autonomía para que desarrollen sus actividades con personalidad jurídica y patrimonio propios.

Para Alfonso Nava Negrete los alcances de la autonomía de los organismos descentralizados implican “… no estar sujeto a los poderes jerárquicos de la centralización; seguir el........

© El Heraldo de México