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IA DEBIDO PROCESO. LEGULEYADA. Cuento Territorial

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06.10.2025

La Inteligencia Artificial -IA- se convierte en el mejor instrumento Jurídico para activar el derecho procesal, desactivando progresivamente el derecho sustancial con consecuencias generadoras de daños irremediables, donde afortunadamente surge el amparo de tutela para proteger el derecho fundamental al debido proceso.

Si esta figura se califica como un derecho constitucional relacionado con la dignidad humana en un Estado Social de Derecho, Colombia no ofrece garantías para ello debido a un déficit en la actuación judicial y a la carencia de humanismo entendido como una sustancia, nunca como un frio algoritmo, como es lo culturalmente aceptado en el sistema judicial.

No todos actúan discrecionalmente, aún existen jueces dignos que saben perfectamente que lo sustancial debe ser la base de sus deciciones. La esencia juridica en las altas Cortes, en la justicia territorial, se pierde debido fundamentalmente a la falta de criterio solvente en condiciones de preparación en lo concerniente a la aplicación de una justicia garantista que, solo se logra aplicando criterios en derecho del raciocinio de lo acontecido y la verdad, nunca sujeto a algoritmos simples programados previamente para sancionar, violando eventualmente la Constitución en los Art 2, 3, 5 y 29, cuyo fundamento es la dignidad humana frente a la técnica de aplicar algoritmos en las diversas actuaciones.

La lógica de la eficiencia mediante automatizaciones, no puede desplazar los principios fundamentales del ordenamiento jurídico, en especial a las del debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho de defensa. En el pequeño municipio a la orilla del gran río una operadora judicial promiscuo del circuito rompe con estas garantías fundamentales del sistema jurídico que protegen la integridad y los derechos de las personas involucradas en un proceso judicial o administrativo, utilizando para ello, algoritmos sin ningún sustento jurídico en materia de dignidad humana y Estado Social de Derecho.

En el ámbito del debido proceso la valoración probatoria solo se orientó a sancionar no a valorar, por eso se desconoció la Nulidad por........

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