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El TSE y la segunda vuelta electoral en La Paz

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10.04.2026

Dado que, como resultado de las Elecciones Subnacionales del 22 de marzo, Luis Revilla (Patria Sol) logró 277.419 votos (20,02%), seguido de René Yahuasi (NGP), quien obtuvo 127.217 votos (9,18%), correspondía el balotaje para el 19 de abril, al no haber el primero alcanzado el 40% de la votación (OEP, 2026; Ley 026, art. 64.a; CPE, art. 166).

Sorpresivamente, el 31 de marzo Nueva Generación Patriótica (NGP) hizo conocer al Tribunal Supremo Electoral (TSE) la resolución de su Comité Ejecutivo Nacional, de declinatoria a la segunda vuelta electoral en La Paz. 

Al día siguiente (1 de abril), el TSE informó que aceptó el retiro de la candidatura de René Yahuasi, que se suspende el balotaje en La Paz y que se proclamará a Luis Revilla (de la Alianza Patria Sol) como gobernador electo. 

El TSE dice que acató el art. 64.a de la Ley 026 del Régimen Electoral, donde se estipula que en la elección de gobernadores se debe aplicar la disposición prevista para la segunda vuelta de las elecciones presidenciales. En ella, se establece que, si una organización política de cualquiera de las dos fórmulas que van a la segunda vuelta hace conocer al TSE su declinatoria de competir, el balotaje ya no se realiza (Ley 026, art. 53.c).

En respuesta, el mismo día René Yahuasi se pronunció indicando que la decisión no fue de su conocimiento, que él no se retiró de la carrera electoral y que, con la aceptación de la declinatoria, el TSE estaría vulnerando el derecho político de los paceños a elegir en una segunda vuelta. 

Al día siguiente, Yahuasi dijo que están presentando un recurso extraordinario de revisión (Ley 026, arts. 217-219) sobre la resolución del TSE que acepta la declinatoria y la suspensión del balotaje. La mañana del lunes (6 de abril), el secretario de cámara del TSE confirmó que tal recurso aún no se presentó.  

Por su lado, el presidente del TSE Gustavo Ávila en........

© El Deber