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¿Sería posible un nuevo impuesto al sol?

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03.07.2026

Hay 550.000 familias y 100.000 empresas en España con paneles solares instalados. Cada una de ellas tomó una decisión de inversión basada en un marco regulatorio claro. Quienes ahora plantean gravar el autoconsumo deberían ser conscientes de que no están atacando una abstracción económica, sino los bolsillos de más de medio millón de hogares y decenas de miles de pequeñas y medianas empresas.

Como ya argumenté hace unos días, el efecto negativo del autoconsumo sobre el sistema es mínimo y sus beneficios lo superan con creces. Pero, además, es que gravarlo iría contra lo que dice el derecho europeo.

A finales de 2018, justo cuando el "impuesto al sol" desaparecía de la regulación española, se aprobó la directiva UE 2018/2001 de fomento de las energías renovables, donde se indica literalmente que los autoconsumidores no estarán sujetos a "procedimientos discriminatorios o desproporcionados y cualquier cargo o tasa".

Pero ¿qué se considera discriminatorio o desproporcionado? El mismo artículo 21 de esta directiva lo aclara. En su punto tercero, indica que los estados miembros podrán implantar tasas y cargos no discriminatorios al autoconsumo solamente en tres casos: A) Si estos autoconsumos cuentan con sistemas de apoyo, y solo cuando no dañe su efecto incentivador (esta no aplicaría al caso español). B) A partir de diciembre del 2026, solo en el caso de que el autoconsumo superase el 8% de la capacidad instalada en el país y demostrando con un análisis que existe una carga significativa desproporcionada para la sostenibilidad financiera del sistema o que hay un incentivo que excede lo objetivamente necesario para........

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