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Educación: las competencias esenciales

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20.01.2026

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6 y 9  

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Por Armando Estrada Villa - opinion@elcolombiano.com.co

Dice el artículo 67 de la Constitución Política que la educación debe brindar a los educandos acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y a los bienes y valores de la cultura, formarlos en el respeto a derechos humanos, la paz, la democracia, la práctica del trabajo y la protección del medio ambiente y proporcionarles la mejor instrucción moral, intelectual y física. Si estos trascendentales propósitos educativos se cumplieran tendría Colombia personas y ciudadanos respetuosos de la dignidad humana, libres, responsables, éticos, pacíficos y aptos para el trabajo, que acatarían los deberes y obligaciones que les asigna el artículo 95 de la Carta Magna y contribuirían al progreso económico y social del país.

La cabal........

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