menu_open Columnists
We use cookies to provide some features and experiences in QOSHE

More information  .  Close

La ocupación de cauce

33 0
14.02.2026

Por: Alvaro Hernando Cardona González

Como el cauce (el lecho, surco o canal natural o artificial por el que discurre el agua de un río o quebrada), por regla general, pertenece a la Nación (los pueblos colombianos), casi siempre se debe tramitar una autorización ante las autoridades ambientales para poderlos ocupar. Esta faculta la construcción de obras que ocupen el cauce e incluye la ocupación permanente o transitoria de playas e incluso aquellas para captar, controlar, conducir, almacenar o distribuir el caudal de una corriente hídrica.

En un corto artículo, acompañado de un video explicativo, el consultor en diseño hidráulico y ambiental, Sergio Iván Salgado Ortíz,........

© Diario del Huila