Funcionarios públicos de carrera y académicos de universidades estatales con “fecha de vencimiento”
La autora de esta columna llama la atención sobre la ley que entrará en rigor en 2017 y que fija en 75 años la edad límite para trabajar en el Estado, sin a su juicio tener sustento técnico para ese requisito y apuntando además a lo extraño de las excepciones que otra ley fijó. Dice que el nuevo gobierno ya anunció que analizará la norma y que “deberemos esperar a conocer la letra chica de esta propuesta y “rogar” que entiendan que la modernización del Estado no puede basar su desarrollo en medidas discriminatorias del personal asociado a su gestión.
En la búsqueda de generar incentivos al retiro para los funcionarios públicos (incluyendo universidades estatales), surgió en la negociación del reajuste del sector público, año 2024, la Ley N° 21.724, (art. 90) que obliga a funcionarios de carrera y académicos de universidades estatales a jubilar a los 75 años.
La norma surgió como resultado de un protocolo de acuerdo entre el gobierno y las organizaciones sindicales (CUT y ANEF) que consideraron factores principalmente económicos, asociados al incentivo al retiro y “renovación de la carrera funcionaria”, desestimando efectos mucho más profundos. Efectivamente, no se ponderó en absoluto que con ello se consolida el “edadismo” (discriminación, el perjuicio o la estereotipificación de las personas por motivos de edad) por lo que ha sido tildado por funcionarios y académicos como un “exterminio edadista”.
La Ley N° 21.724, comienza a regir desde el 1 de enero de 2027, afectando a funcionarios públicos que cumplan 75 años o más a esa fecha consolidando con ello la vulneración de derechos fundamentales, consagrados en la Constitución Política al atentar contra la dignidad y el derecho al trabajo y convenios internacionales como el 111 de la Organización Internacional del Trabajo........
