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El domingo se venció la prórroga del estado de excepción por emergencia económica. ¿Debe renovarse este decreto o no?

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10.02.2026

Hoy queremos referirnos a un elemento que pocos analistas toman en cuenta en la ecuación de la actual coyuntura, porque muchas veces la agenda mediática se impone por encima de los elementos de carácter estratégico. Y más cuando tratamos temas como seguridad ciudadana, seguridad y defensa de la Nación.

Nos referimos a la prórroga del estado de excepción bajo la figura de emergencia económica, el cual aparece según decreto 5.190 en Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.944 del 8 de diciembre de 2025.

Por ello recientemente en disertación en programa radial "El ADN de la Noticia" del pasado jueves 5 de febrero de 2026 en la "Esquina Caliente" frente a la Plaza Bolívar de Caracas, explicábamos que la República Bolivariana de Venezuela, en el marco de la guerra de zonas grises en la que actualmente se encuentra, no está o no estaba bajo la vigencia de un estado de excepción, sino de dos.

El primero, porque es el más inmediato y del que se habla mediáticamente, como lo es el estado de conmoción exterior, el cual podemos encontrar en el decreto 5.200 firmado por el Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela hoy en su condición de prisionero de guerra, Nicolás Maduro Moros. El 3 de enero en reunión del Consejo de Defensa de la Nación, la Vicepresidenta Ejecutiva de la República y hoy Presidenta Encargada, Delcy Rodríguez lo que hizo ese día mientras aun estaban calientes los lugares donde cayeron las bombas, fue activar dicha figura como fueron las instrucciones del Presidente prisionero Nicolás Maduro, y que el mismo fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.954 de esa misma fecha.

Por lo que en principio, esta conmoción exterior estará vigente hasta el 3 de abril de 2026, salvo que no sea prorrogado por igual lapso, de acuerdo a los artículos 337 al 339 de la........

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