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Es una prioridad reformar el Sistema General de Regalías para impulsar el desarrollo nacional

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09.04.2026

En Colombia, Las Regalias petroleras constituyen un recurso estratégico de la sociedad y el estado colombiano en el propósito de superar el subdesarrollo y atraso nacional. Se trata de una gigantesca masa monetaria, cercana hoy a los casi 12 mil millones de dólares bianuales, que no son adecuadamente invertidos y en muchos casos sometidos al despojo crónico de mafias corruptas que se valen de la porosidad y la falta de transparencia en su gestión.

De manera general podríamos afirmar que las regalías petroleras son la contraprestación económica obligatoria que pagan las empresas explotadoras al Estado por la extracción de petróleo y gas, recursos naturales no renovables. Según la Constitución, buscan compensar a la nación por la explotación de estos recursos, financiando proyectos de infraestructura, educación, productivos, ambientales, de ciencia y salud. Se trata de una compensación económica recibida por el Estado y las entidades territoriales por la explotación de recursos no renovables. De su liquidación, recaudo y transferencia se encarga la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Se organizan como regalías directas (benefician a los territorios productores) y regalías indirectas (inversión en proyectos regionales a través del Sistema General de Regalías - SGR). Las Regalías se pueden liquidar en dinero o en especie (petróleo crudo).

Desde la constitución de 1991, su regulación por el Estado, incluye una amplia normatividad y legislación que se ha ido ajustando para garantizar la eficacia, la eficiencia y transparencia en su inversión, sin que hasta el momento se haya logrado tal objetivo de manera satisfactoria para la nación y sus regiones, pues persisten problemas muy graves que se reflejan en el bajo impacto de los miles de proyectos aprobados y en el descredito de las estructuras de gobierno por la falta de transparencia en el manejo de las inversiones, lo que por supuesto está demandando una profunda reforma.

Las bases institucionales del SGR.

En la Constitución de 1991, los artículos 360 y 361 se aprobaron para fijar un marco general de definiciones y criterios de regulación para su manejo por parte del Estado.

En esa dirección la Ley 141 de 1994 creó el Fondo Nacional de Regalías; instauro la Comisión Nacional de Regalías; estableció el derecho del Estado en la explotación de los recursos naturales no renovables; y señalo las reglas para la liquidación, distribución y uso de regalías.

20 años después, en 2011, a través del Acto Legislativo 05 se modificó el artículo 361 de la Constitución para eliminar el Fondo Nacional de Regalías y crear el actual Sistema General de Regalías.

En el año 2012 se aprobó, a partir de las recomendaciones de la Fundación Tony Blair, contratada por el gobierno de Juan Manuel Santos, Ley 1530 de 2012 con la cual se buscó nuevas formas de regulación de Sistema General de Regalías (SGR), definiendo la distribución, administración, uso y control de los ingresos por la explotación de recursos naturales no renovables, buscando la equidad regional, priorizando la inversión en las zonas más pobres y promoviendo el desarrollo.

Esta ley introdujo cambios importantes, en la gestión y........

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