Violencia sexual, fuero militar e impunidad: el caso Ernestina Ascencio ante la Corte IDH
En el caso de Ernestina Ascencio Rosario, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) identificó un patrón de violencia sexual cometida por integrantes del Ejército mexicano contra mujeres indígenas, así como el incumplimiento de México de su obligación de investigar y juzgar estos hechos en el fuero civil.
Esta práctica, señaló el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), afecta el acceso a la justicia al permitir que las investigaciones de este tipo de casos se realicen en el ámbito militar, donde, de acuerdo con la organización, “se favorecen la opacidad y el encubrimiento entre militares”.
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Estas consideraciones fueron expuestas por Eduardo Guerrero, abogado de Centro Prodh, en entrevista con Animal Político, tras la sentencia emitida por la Corte Interamericana.
El pasado lunes, la Corte declaró al Estado mexicano responsable por la violación sexual, la tortura y la muerte de Ernestina Ascencio, mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años. Los hechos ocurrieron en 2007 en la Sierra de Zongolica, Veracruz, y de acuerdo con la sentencia, fueron cometidos por militares.
Guerrero explicó que la relevancia del fallo radica en que la Corte Interamericana analizó el contexto de la política de seguridad pública en México y advirtió que se ha profundizado la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad, lo que puede derivar en un aumento de violaciones a los derechos humanos.
Señaló que esta es la séptima ocasión en que la Corte condena a México por violaciones cometidas por militares, pero subrayó que, a diferencia de sentencias previas, en este caso el Tribunal examinó de forma más directa la política de militarización de la seguridad pública.
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Indicó que la Corte estableció una relación entre esta política y la comisión de violaciones graves. “En un párrafo muy destacado, la Corte Interamericana dice que existe esta relación entre la profundización de la militarización y el aumento de la tortura, las desapariciones forzadas, las ejecuciones extrajudiciales”, señaló.
Guerrero añadió que estas violaciones tienen un impacto diferenciado en las mujeres, particularmente en mujeres indígenas. Recordó que en los casos de Ernestina Ascencio, Inés Fernández y Valentina Rosendo, la Corte identificó elementos comunes.
“Son mujeres, mujeres indígenas, con presencia militar en sus territorios y comunidades”, dijo, y agregó que “en todos los casos en los que México ha sido condenado por violaciones cometidas en contra de mujeres por parte de militares, el común denominador es la violencia sexual”.
Otro de los ejes del fallo es el uso del fuero militar. Guerrero recordó que la Corte ha sido consistente al ordenar que las violaciones a derechos humanos cometidas por militares sean investigadas y juzgadas exclusivamente por autoridades civiles.
Criticó que en México continúe la práctica de realizar investigaciones paralelas en el fuero civil y en el militar, lo que —afirmó— constituye “un incumplimiento directo de las sentencias de la Corte”.
Explicó que este........
