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¡Ni un botón!

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Fue la progresía santista, la misma que se reunió en Villa de Leyva el pasado fin de semana, en el cóctel de vanidades más grande del calendario, a dar lecciones de paz y a posar de voceros hipócritas del orden y la seguridad con Claudita a la cabeza, quienes empezaron y validaron lo que hoy se ha vuelto paisaje: el secuestro de unidades de la Fuerza Pública por parte de comunidades cocaleras.

No esperen aquí eufemismos hipócritas. Las “asonadas cocaleras” configuran secuestro extorsivo. Lo que sucede cuando se produce el atentado terrorista de inhabilitar la acción de una unidad de patrullaje o combate de la Fuerza Pública implica un gravísimo concurso de delitos y así debe ser tratado por el Estado, imputado por la Fiscalía y reconocido por los jueces. Y no hay duda de que la finalidad es terrorista, en concurso agravado.

Por lo menos implica ocho graves delitos: secuestro extorsivo (art. 169), Terrorismo (art. 343), Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas (arts. 365–366), Violencia contra servidor público (Fuerza Pública art. 429), Amenazas contra servidor público (Fuerza Pública art. 347), Injuria y calumnia contra servidor público (arts. 220–221), Perturbación de acto oficial (Fuerza Pública art. 429A (Ley 2197/22), atentado contra servidor público (Fuerza Pública art. 429B Ley 2197/22).

En concurso real (art. 31 C.P.),........

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