menu_open Columnists
We use cookies to provide some features and experiences in QOSHE

More information  .  Close

El subsidio familiar no es caja menor del Estado

12 0
15.05.2026

En Colombia se ha instalado una interpretación tan cómoda como equivocada: afirmar que todo pago ordenado por la ley es un tributo, en especial, una contribución parafiscal y, por lo tanto, ingreso del Estado. Bajo esa lógica, el subsidio familiar, que en los términos de la Ley 21 de 1982 es una prestación social de origen laboral, cuyo único titular es el trabajador de medianos y menores ingresos y su núcleo familiar, es tratado como dinero público disponible para financiar política social del Gobierno de turno. Se olvida que una prestación social no es otra cosa que un derecho laboral destinado a proteger la estabilidad económica del trabajador y su familia durante la relación laboral o con ocasión de ella, como ocurre con la prima de servicios, las cesantías, las vacaciones o el auxilio a la cesantía, entre otras. La confusión no es menor: si el titular de una prestación social es el trabajador, ¿cómo podría tratarse al mismo tiempo de un recurso público –parafiscal–? ¿Se sentiría tranquilo cualquier trabajador si el Estado dispusiera de su prima de servicios o de sus cesantías? ¿Por qué entonces habría de estar tranquilo si se dispone de su subsidio familiar?

Por fortuna, la Corte Constitucional de Colombia ha dado pasos importantes para esclarecer este equívoco al señalar expresamente que el subsidio familiar no es recurso del Estado y que su único titular es el trabajador y su familia. En consecuencia, ha advertido que esta prestación no puede utilizarse para financiar política pública. Sin embargo, hoy subsiste una dificultad conceptual, y es que, para llegar a esa conclusión y ante la imposibilidad de encuadrar esta figura laboral en un esquema fiscal, la Corte ha sostenido que se trataría de un “parafiscal atípico”. La categoría........

© Revista Semana