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Lesa humanidad

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La Ley 32107, promulgada este año por el Congreso (CR), no hace más que interpretar de manera lógica en el sistema jurídico vigente los llamados “delitos de lesa humanidad” y, como consecuencia, su no retroactividad y que su imprescriptibilidad rija de allí en adelante. El que no caduque la persecución penal por el paso del tiempo, el que solo sea a partir de su vigencia legal.

La sanción por los graves delitos acaecidos antes de su entrada en vigencia no podría ser la que corresponda a “lesa humanidad” por el principio de legalidad. Nadie puede ser sancionado, culpado o condenado por aquello que no esté descrito como delito, clara e inequívocamente, en el texto de una ley previa a los hechos juzgados, conforme a la........

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