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Devaluación 43,10% del boliviano y déficit fiscal 11% 2026

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27.06.2026

Con Resolución Ministerial N°255 del 26/06/2026 el MEFP establece un régimen cambiario flexible teniendo como base el reconocimiento de la oferta y demanda diaria de divisas en el sistema financiero. 

El Reglamento de Operaciones Cambiarias (RD 88/2026), el BCB expone cómo funcionará ahora la determinación del Tipo de Cambio Oficial (TCO) en un régimen flexible que normará la contabilidad de las empresas y las transacciones económicas en el país. 

El TCO se determinará utilizando el Valor Referencial del dólar: cada día este valor reflejará el promedio ponderado de las operaciones de compra y venta de dólares que los bancos hacen con sus clientes. 

Operativamente consiste en utilizar los registros de las transacciones de las Entidades de Intermediación Financiera cuando cierran sus operaciones de compra de divisas a diferentes tipos de cambio y adquieren distintos montos de divisas; en el promedio, el precio al que cierre el banco que mayor volumen de transacciones tenga tendrá más peso que el resto de los operadores del mercado a la hora de determinar ese promedio (se ponderará su peso en el mercado) se establece el precio de compra.

Según el reglamento, los bancos no pueden vender el dólar por encima del TCO 10 centavos; es decir, el spread entre el precio de compra (aquel que se determina por el mecanismo anteriormente descrito) y el de venta no puede exceder los 10 centavos.

Esta medida económica fundamental pero no suficiente en la economía fue aprobada por una Resolución Ministerial del órgano rector de la política fiscal y tiene varias interrogantes: normativa; económica; financiera; social, credibilidad y política.

La primera es la aprobación a nivel de un ministerio y no por el presidente de la República y su gabinete que corresponde por la magnitud de la medida económica; la segunda es económica por ser de equilibrio parcial y no general (holístico, todo) por los efectos directos e indirectos de corto plazo, mediano y largo........

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