Golpe del Supremo al corazón del autogobierno de Navarra
Los cimientos del autogobierno de Navarra han temblado esta semana con la sentencia del Tribunal Supremo, que anula el real decreto con el que el Estado había cedido la gestión exclusiva de tráfico y seguridad vial. Un fallo inesperado porque contradice la sentencias previas del propio tribunal. Y que no solo deja en el aire el traspaso, cuestiona también el origen y el alcance de los derechos históricos sobre los que se sustenta el régimen foral.
No es un matiz menor. La Lorafna, la ley de Amejoramiento del Fuero, recoge en su artículo 49.3 que “en todo lo relativo al tráfico y circulación Navarra conservará íntegramente las facultades y competencias que actualmente ostenta”. Y aunque tanto la parte navarra como el propio Tribunal Supremo han interpretado siempre ese “actualmente ostenta” desde una lectura no restrictiva y acorde con el valor histórico del régimen foral, los magistrados señalan ahora que su lectura ha de ser literal. Lo que implica que a Navarra le corresponden las competencias que ejercía en 1982, fecha en la que se aprobó la Lorafna, y no las que........
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