¡Seguridad, constitución y responsabilidad estatal!
La crisis de inseguridad que atraviesa Colombia, no es solo un fenómeno social o estadístico: es, ante todo, un problema de índole jurídico. Cuando los homicidios, las extorsiones y el control territorial, por parte de grupos armados ilegales aumentan o se reconfiguran y consolidan, no estamos únicamente ante una falla operativa, sino ante una posible vulneración de los fines esenciales del Estado, consagrados en el artículo 2, de la Constitución Política de 1991.
La Carta Política de 1991, establece con claridad que las autoridades tienen el deber de proteger la vida, honra y bienes de los ciudadanos, y para garantizar la efectividad de los derechos de los ciudadanos. La seguridad no es una política pública optativa ni un componente ideológico del programa de gobierno: es un deber constitucional de obligatorio cumplimiento.
Recordemos que bajo el gobierno del presidente Petro, la apuesta central en materia de seguridad ha sido la llamada “Paz Total”, sustentada en ceses al fuego y diálogos con distintos actores armados y grupos armados ilegales. Desde el punto de vista........
