Financiar, ejecutar, gestionar
Las inversiones asociadas al impulso, mantenimiento y funcionamiento de los servicios públicos están siempre sujetas a regulación, aunque la responsabilidad directa pueda ser pública o privada. Además, por razones fáciles de entender –el gasto es ahora y el retorno, en el futuro– estas inversiones exigen un tratamiento específico en la estructura de financiación de cualquier institución, por ejemplo, la Generalitat. A grandes rasgos las inversiones son de dos tipos: las que construyen infraestructuras que responden a la necesidad de conectar y transportar (ferrocarril, carreteras, aeropuertos, gasoductos, MAT, fibra óptica, canales, embalses, etcétera) y el resto (escuelas, hospitales, centros cívicos, etcétera).
Con respecto al “resto”, su programación y financiación en un ámbito del servicio público, como la salud, deriva directamente del gasto recurrente en este ámbito: atender la salud requiere hospitales en proporción al volumen de población. Es lógico, pues, que su financiación se haga mediante la financiación ordinaria del servicio........
© La Vanguardia
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