¿Cuál candidato pone en mayor riesgo la Constitución?
En una de mis últimas columnas señalé que, a pesar de que ninguna de las opciones de segunda vuelta me seduce, no votaré en blanco porque no creo que estemos frente a dos extremos igualmente peligrosos. Votaré por Iván Cepeda, sin gran entusiasmo por mis muchos reparos al gobierno Petro, pero con clara convicción: por su trayectoria, su talante y sus propuestas, Cepeda es una opción democrática frente a la alternativa terriblemente riesgosa de Abelardo de la Espriella (ADLE).
En este artículo analizo un punto que fue decisivo para llegar a esta conclusión: ¿cuál de los dos candidatos pone en mayor riesgo la democracia constitucional?
Aparentemente ADLE tiene gran ventaja porque en su escueto programa proclama su “patriotismo constitucional”, expresa “lealtad con la Constitución” y rechaza cualquier constituyente. En cambio, Cepeda estaría en desventaja por su ambigua posición previa frente a la claramente inconveniente constituyente de Petro, que he rechazado en numerosas columnas. Por eso algunos columnistas que se reclaman del centro político, como Andrés Caro, han cantado su voto por ADLE con una expresión efectista, pero equivocada: que prefieren a “Abelardo con la Constitución de 1991 que a Cepeda con la Constituyente de Petro”.
Un examen atento muestra que la cosa no es así: ADLE no está “con la Constitución de 1991” ya que realmente es la mayor amenaza al orden constitucional, por varias razones: por i) las implicaciones anticonstitucionales de varias de sus propuestas y por ii) la poca credibilidad de sus promesas de patriotismo constitucional, tanto por su trayectoria personal, con vínculos oscuros con criminales, como por muchas de sus actitudes y declaraciones en esta campaña.
En cambio, Cepeda i) tiene una robusta trayectoria de respeto a la institucionalidad democrática y ii) ninguna de sus propuestas concretas implica cambios constitucionales regresivos. Fuera de eso, Cepeda no sólo iii) abandonó la propuesta de constituyente de Petro, sino que esta iv) no era más que eso: una simple propuesta (inconveniente sin duda) pero que para ser una constituyente de Petro tenía que pasar obstáculos prácticamente insuperables: su convocatoria tenía que ser aprobada por el Congreso, por la Corte Constitucional y por el tercio del censo electoral. Y para que fuera la constituyente de Petro, sus candidatos tenían que ganar masivamente la votación en que se eligieran los constituyentes. Nada de eso ha ocurrido y nada de eso tenía reales posibilidades de ocurrir.
La fórmula efectista de Caro se derrumba: no es posible hablar de un “Abelardo con la Constitución de 1991” pues ADLE está contra ella. Y tampoco es posible hablar de un “Cepeda con la constituyente de Petro” por la sencilla razón de que ésta no sólo no existe y fue abandonada, sino que nunca tuvo mayores posibilidades de existir. Desarrollo entonces este contraste.
ADLE contra la Constitución
Como señalé en mi última columna, los planteamientos de ADLE contradicen su supuesta lealtad con la Constitución.
Muchas de sus propuestas son claramente inconstitucionales. Comienzo por señalar dos: ha dicho que piensa i) sacar a Colombia no sólo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, sino también ii) de la ONU y de la OEA.
Estas dos propuestas requieren reformas constitucionales: los tratados de derechos humanos hacen parte del bloque de constitucionalidad, por lo que el presidente no puede salirse de ellos unilateralmente. El abandono de la ONU y de la OEA viola principios de derecho internacional constitucionalizados por el artículo 9 de la Carta.
La cosa es aún más grave: fuera de su obvia inconveniencia, estas dos propuestas desconocen pilares esenciales de nuestra Constitución: la adhesión de Colombia a los tratados de derechos humanos y al multilateralismo. Para adoptar esas propuestas no basta entonces una reforma constitucional aprobada por el Congreso; ni siquiera pueden ser aprobadas por referendo. Sería necesaria una Constituyente, conforme a la doctrina de la Corte de que los pilares esenciales de nuestra Constitución sólo pueden sustituirse por medio de una........
