Vehículos eléctricos y puntos de recarga en comunidades de propietarios
La adaptación y renovación del parque móvil de vehículos con la introducción en el mercado, cada vez, de un número más alto de automóviles eléctricos hace que nos preguntemos antes de la compra de los mismos que posibilidades existen de poder instalar puntos de recarga en nuestras plazas de garaje que forman parte de una comunidad de propietarios.
Pues bien, la normativa vigente (artículo 17.5 Ley de Propiedad Horizontal, en adelante LPH) incide en que nos encontramos ante un supuesto extraordinario, en el que la LPH autoriza a los propietarios a ejecutar una instalación de disfrute privativo sin necesidad de obtener aprobación alguna por parte de la Junta en el caso de que se pretenda situar en la plaza de aparcamiento un punto de recarga de vehículos de esta tipología, bastando con la mera comunicación a la Comunidad........
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