La insoportable levedad de la Comunidad de Madrid sobre la Justicia
La Administración de Justicia no ha sido ajena al proceso de desarrollo del Estado autonómico. Pero, como aclaró el Tribunal Constitucional, hay que distinguir entre la Administración de Justicia en sentido estricto (la función jurisdiccional de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado), que corresponde al Poder Judicial, y la Administración de Justicia en sentido amplio (o administración de la Administración de Justicia), que comprende la utilización de los medios materiales y personales necesarios. La denominada así administración de la Administración de Justicia es la encargada de poner a disposición del Poder Judicial los medios materiales y personales necesarios para su funcionamiento. El Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas que han adquirido competencias en materia de Justicia deben, en sus respectivos ámbitos territoriales, dotar a los tribunales del personal, instalaciones y medios materiales necesarios para el adecuado desarrollo de esa función que ostentan de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. El personal no judicial tiene una doble dependencia, porque en lo funcional estarán a lo que dispongan jueces, fiscales y letrados de la Administración de justicia y, en lo orgánico, a lo señalado por la........
