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Sanción, objeciones y promulgación

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Hay una discusión pública y gran desinformación sobre casos de objeciones presidenciales, sanción y promulgación de leyes. Aquí no vamos a entrar a darle la razón al Gobierno ni al presidente del Congreso en ninguno de tales casos, pero cabe dejar consignadas algunas reflexiones.

Como ha venido ocurriendo en varios temas, se genera polémica en medios y redes sociales, sin mayor conocimiento, sobre asuntos que están claramente resueltos en las reglas constitucionales. Y todo se traslada también al terreno de la controversia política, dentro de la polarización existente.

Las normas son muy claras. A la luz de ellas, deberá estudiarse cada caso.

La Constitución (artículo 165) dispone que, una vez culminado el procedimiento de discusión y votación, aprobado un proyecto de ley por ambas cámaras, debe pasar al Gobierno........

© La Nación