menu_open Columnists
We use cookies to provide some features and experiences in QOSHE

More information  .  Close

Sin Pueblo no hay Revolución (Elecciones en Venezuela)

8 0
yesterday

Desde enero de 2026, Venezuela vive una crisis política y constitucional que ha abierto un fuerte debate dentro y fuera del país; todo comenzó con la captura-secuestro del presidente Nicolás Maduro durante una operación militar de EEUU. A partir de ese momento surgió una pregunta que sigue sin tener una respuesta única, ¿qué debe hacerse cuando un presidente queda fuera del ejercicio de sus funciones por una situación que la Constitución nunca imaginó-previó?

Y aquí empiezan las diferencias. Para el gobierno venezolano, lo ocurrido fue una agresión directa contra la soberanía nacional, su argumento es sencillo, Nicolás Maduro no renunció, no murió, no fue destituido por el Tribunal Supremo de Justicia, ni fue revocado por el voto popular; es decir, ninguna de las causas que la Constitución reconoce como una falta absoluta se ha producido. Por esto sostiene que Maduro sigue siendo el Presidente de la República y que, mientras dure su ausencia forzada, corresponde a la vicepresidenta Delcy Rodríguez asumir las funciones del Ejecutivo, sin que exista la obligación inmediata de convocar nuevas elecciones.

La oposición, por otro lado, sostiene una posición completamente distinta. Afirma que, aunque la Constitución no habla expresamente de un presidente capturado por una potencia extranjera, la realidad demuestra que Maduro no puede ejercer el cargo y que esa situación debe considerarse una falta absoluta. Según esta interpretación, el artículo 233 obliga a convocar elecciones presidenciales para que sea el pueblo quien decida el rumbo del país.

Varios especialistas en Derecho Constitucional, coinciden en que la Constitución venezolana nunca previó un escenario como este. El artículo 233 enumera cuáles son las faltas absolutas del Presidente: la muerte, la renuncia, la destitución por decisión del Tribunal Supremo de Justicia, una incapacidad permanente certificada, el abandono del cargo declarado por la Asamblea Nacional o la revocatoria del mandato mediante referéndum.

También establece que, si una falta absoluta ocurre durante los primeros cuatro años del período presidencial, el Vicepresidente Ejecutivo asume temporalmente la Presidencia y deben convocarse elecciones universales, directas y secretas dentro de los treinta días siguientes.

El problema es que la Constitución no dice qué hacer cuando un presidente es capturado y permanece fuera del país por decisión de un gobierno extranjero, este vacío jurídico es precisamente el origen del debate que hoy divide a Venezuela, pero más allá de la discusión legal, hay un tema mucho más profundo.

Durante más de dos siglos, América Latina ha vivido bajo la sombra de las intervenciones extranjeras, nuestra historia está llena de invasiones, bloqueos económicos, golpes de Estado y presiones de las........

© Kaos en la red