Ha faltado sindéresis
A pesar de las ostensibles irregularidades en medio de las cuales se tramitó en la plenaria del Senado la votación sobre concepto para la consulta popular propuesta por el presidente de la República, lo cierto es que el concepto favorable no se produjo. Por tanto, en lo que respecta a esa primera iniciativa gubernamental, ya no puede tener lugar ese mecanismo de participación, por cuanto no se cumple el requisito previsto en el artículo 104 de la Constitución: concepto previo y favorable del Senado de la República.
Ante ese hecho, el gobierno presentó una nueva solicitud de concepto para la convocatoria de la consulta popular. Ha incluido las doce preguntas relativas a las garantías y derechos laborales, y ha agregado las siguientes cuatro nuevas preguntas, alusivas al derecho a la salud:
“¿Está de acuerdo con que el Gobierno........
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