Casación
Nuestra Carta Fundamental establece que corresponde a la Corte Suprema fallar en casación, o en última instancia, cuando la acción se inicia en una Corte Superior o ante la propia Corte Suprema conforme a ley. Asimismo, conoce en casación las resoluciones del Fuero Militar, con las limitaciones que establece el artículo 173. En el Estado constitucional de derecho, la función jurisdiccional no se agota en la resolución de conflictos concretos, sino que cumple también una tarea de orden sistémico: asegurar la coherencia, uniformidad y racionalidad del ordenamiento jurídico. En este marco, la casación se configura como un mecanismo extraordinario que permite a la Corte Suprema ejercer un control de legalidad orientado a preservar la correcta interpretación y aplicación del derecho. Su consagración constitucional no responde únicamente a una técnica procesal, sino a una concepción más amplia del derecho como sistema normativo que exige unidad y previsibilidad. La regulación constitucional atribuye a la Corte Suprema la competencia para conocer en casación, así como para resolver en última instancia en aquellos casos previstos por la ley. Este diseño se inscribe en la tradición jurídica peruana, cuyo........
