Cuando la imparcialidad se intenta resolver con sorteo
Esta es la primera de tres columnas sobre la transformación pendiente en la gestión de controversias en infraestructura en el Perú. El presente análisis surge a partir de la reciente publicación del Proyecto de Directiva de JPRD, que ha reabierto el debate sobre su rol; sin embargo, el cambio sustantivo que lo motiva se encuentra en la modificación del artículo 346.3 del Reglamento de la Ley N.° 32069, incorporada por el Decreto Supremo N.° 001-2026-EF. La reforma introduce un nuevo esquema de selección de las Juntas de Prevención y Resolución de Disputas: la entidad propone tres centros de administración, el contratista puede proponer tres adicionales, y ante la falta de acuerdo, la decisión se define mediante sorteo a través de la plataforma estatal. A ello se suma un mecanismo mixto de designación de adjudicadores, donde las partes participan, pero el centro de administración mantiene un rol decisivo en caso de desacuerdo. El objetivo es claro, reducir la influencia de la entidad contratante y fortalecer la imparcialidad del........
