#ColumnaInvitada | Cónyuge vs concubina, otra forma de discriminación
El sistema mexicano de seguridad social ha evolucionado hacia un modelo de protección integral que debe regirse por los principios de igualdad, no discriminación y justicia social; sin embargo, persisten disposiciones legales y prácticas administrativas que establecen un trato privilegiado a la cónyuge del trabajador fallecido frente a la concubina, a pesar de que ambas figuras representan formas legítimas de organización familiar reconocidas por la Constitución.
Como hemos visto, la justicia mexicana ha tenido una evolución relacionada con la protección de los derechos humanos de las personas, fijando nuevos parámetros para entender los dispositivos y reglas que se establecen para obtener, por ejemplo, la pensión por viudez, ¿a quién corresponde, a la cónyuge o a la concubina?
Primero, debemos entender que la pensión por viudez tiene una naturaleza económica, asistencial y sustitutiva, cuyo objetivo central es garantizar la continuidad de los medios de subsistencia a quien dependía del trabajador fallecido. No es un derecho “premial” ligado al matrimonio, sino una prestación de seguridad social que protege situaciones de necesidad, de ahí que, desde la perspectiva constitucional, el análisis no debe centrarse en el estatus civil, sino en la relación real de dependencia económica y........





















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