#ColumnaInvitada | Hogar con patas, el nuevo derecho a vivir acompañados
En la Ciudad de México, encontrar un lugar donde vivir no siempre depende del presupuesto, sino del tipo de vida que uno lleva. Hasta hace unos días, tener un perro, un gato o un hijo pequeño podía bastar para recibir un “no” de propietarios o inmobiliarias. Ese “no” —que se repetía con naturalidad en cada contrato o visita— no sólo excluía a familias, sino que definía una jerarquía: primero la propiedad, después las personas y sus vínculos.
Con la reforma aprobada al artículo 4 de la Ley de Vivienda de la CDMX que se aprobó en esta última semana, la ciudad reconoce que el derecho a habitar incluye también el derecho a convivir. La modificación establece que “ni las infancias ni los seres sintientes deben ser un obstáculo para el ejercicio del derecho a la vivienda”.
Es decir, ya no se podrá negar la renta o venta de un inmueble por vivir con niños o con animales de compañía. Es un cambio que puede parecer pequeño en el papel, pero que es enorme en significado: por primera vez, la ley reconoce que los vínculos afectivos y de cuidado también merecen techo.
Hasta ahora, el texto legal mencionaba condiciones como “la situación económica, el origen étnico, el género o la orientación sexual” entre los motivos prohibidos........





















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