La Corte contra el reloj: ¿justicia exprés?
El 4 de septiembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Reglamento de Sesiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de integración de las listas de asuntos con proyecto de resolución, junto con el Acuerdo General 1/2025. Ambos buscan responder a la sobrecarga de trabajo derivada de la reforma de 2024 que eliminó las Salas y concentró todo en el Pleno. Sobre el papel, parecen pasos hacia la eficiencia y la transparencia. Pero, al mirar con cuidado, surgen preocupaciones legítimas: la justicia constitucional no puede reducirse a un asunto de relojes ni de logística.
El reglamento impone límites detallados a las intervenciones: diez minutos para el ponente, siete minutos para cada ministra o ministro en la primera ronda, cinco minutos de réplica y tres para la intervención final. Solo la Presidencia podrá autorizar rondas adicionales, con tiempos previamente fijados. La intención es clara: hacer más ágiles las sesiones. Pero en materia constitucional, donde lo que se decide son derechos fundamentales y límites al poder, la profundidad del debate no puede supeditarse a un........
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