Manos sucias
Siempre me llamó la atención un principio jurídico que reza “Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”, que traduce algo así como ‘nadie puede alegar su propia culpa para obtener un beneficio’. Aunque suele asociarse al derecho romano, la fórmula latina que conocemos hoy fue desarrollada por juristas medievales. En la Sentencia C-083 de 1995, la Corte Constitucional lo resume así: “Quien alega su propia culpa para derivar de ella algún beneficio falta a la buena fe”.
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En nuestro país los tribunales lo han aplicado en más de una........
