El poder presidencial no es absoluto
El prevaricato al que se refirió el senador Uribe Turbay es el del artículo 413 del Código Penal: prevaricato por acción. El otro prevaricato es el que se comete por omisión, pero en ambos casos se trata de sancionar criminalmente a servidores públicos que no cumplen con su trabajo en debida forma. Se cae en el primero cuando se profiere “resolución, dictamen o concepto manifiestamente contrario a la ley”; y se activa el segundo cuando se omite, retarda, rehúsa o deniega un acto propio de la función pública en cuestión. El problema jurídico, entonces, puede ser este: ¿la firma de un ministro en un decreto........
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