El valor crucial del registro fotográfico en la justicia venezolana. Un llamado a los jueces y fiscales de la República
«Los ojos son testigos más exactos que los oídos».
Heráclito
En el vasto panorama de la justicia penal, donde cada pormenor es decisivo en la búsqueda de la verdad, reside un principio tan crucial como, lamentablemente, desatendido: la ineludible obligación del registro fotográfico de las evidencias. Este imperativo, de valor capital en cualquier pesquisa, adquiere una relevancia mayúscula y de profundo impacto en los casos de violencia de género, ámbito donde las lesiones y sus características constituyen el núcleo de la imputación.
Imaginemos un escenario donde un dictamen pericial, pieza angular para sostener una acusación por lesiones, es presentado ante un tribunal. Sin embargo, este informe carece de un respaldo tan elemental como el registro fotográfico de esas mismas lesiones. ¿Qué sustento puede tener entonces la voz de un experto si no se fundamenta en la realidad visual de la prueba? La respuesta es clara y categórica: su validez se esfuma, convirtiéndose en una mera conjetura sin valor probatorio alguno.
En Venezuela, la normativa procesal penal y las directrices emanadas de los........
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