El adiós de la Corte y la defensa fiscal
En las últimas semanas, las despedidas de los distintos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que encabezó Norma Piña han sido el centro de atención, ya sea por la emotividad o congruencia en sus discursos, por las críticas a quienes se van, el cierre de salas y el trabajo que se quedó pendiente, lo cierto es que hay diversos temas que se quedaron en la “congeladora” legal y que será tarea de la próxima Corte retomar.
Entre ellos, uno de los casos que justo quedó resuelto y ya publicado en el Diario Oficial, fue la resolución del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la acción de inconstitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa en los delitos de contrabando, defraudación fiscal y uso de comprobantes fiscales falsos.
Recordemos que fue uno de los casos más sonados en materia fiscal, ya que un contribuyente fácilmente aún sin deberla ni tenerla, podría ir a la cárcel por usar comprobantes fiscales falsos, y ojo, algunas veces sin tener conocimiento de que eran falsos, ya que les fueron entregados así.
Ante este panorama, la Corte consideró que las disposiciones violentaban principios esenciales como la presunción de inocencia, el derecho al debido proceso, la excepcionalidad de las medidas cautelares y la no regresividad de los derechos humanos. Y es que para el Pleno de la SCJN, ampliaban los delitos con prisión preventiva oficiosa establecidos en el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo cual excedía las facultades del Congreso de la Unión, que dado las mayorías aprobó sin problema este cambio, que la Corte decidió era........
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