La semana de 40 para el 30
En esta ocasión comentaré un tema fundamental para continuar mejorando las condiciones de vida de la inmensa mayoría de las familias mexicanas, en especial de las personas obreras y campesinas.
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Nos referimos a la reforma laboral que será aprobada esta semana en el Senado, mediante la cual se modificará la fracción IV del artículo 123, para legalizar la semana de 40 horas; cuya reducción, como en otros muchos países, será paulatina hasta culminar en el año 2030.
Se trata de un proyecto histórico que tiene muchos significados y antecedentes. En principio mencionaré que esta reforma, tan humana y necesaria, será plenamente efectiva en el último año de gobierno de nuestra presidenta; momento en que se habrán cumplido 113 años de la inscripción de la jornada de 48 horas en el artículo 123 de la Constitución de 1917 y un siglo de la promulgación de la Ley Federal del Trabajo en 1931.
Hablamos de un cambio que toca nuestra vida cotidiana: el tiempo que dedicamos al trabajo y el tiempo que dedicamos a vivir. La propuesta no es un capricho; es una medida sustentada en la historia mundial del derecho laboral, en la experiencia de las naciones más desarrolladas y en la necesidad de garantizar mejores condiciones de salud, bienestar, así como mayores niveles de productividad a nuestros y nuestras trabajadoras.
Desde los albores del siglo XX, la comunidad internacional reconoció que el trabajo humano no podía ser ilimitado ni explotado sin medida. La Organización Internacional del Trabajo (OIT), creada en 1919, estableció en su primer convenio la jornada diaria de ocho horas y de cuarenta y ocho semanales. Ese fue el punto de partida, pero pronto se comprendió que una reducción adicional era necesaria para mejorar la calidad de vida y elevar la productividad.
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La experiencia internacional confirma la validez de esta aspiración. En Estados Unidos, Henry Ford fue pionero al instaurar la semana de cinco días y cuarenta horas en 1926, probando que menos horas podían significar más eficiencia. Poco después, la Ley de Estándares Laborales Justos de 1938 consolidó este límite en la legislación federal.
Por ello,........
