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Radiografía del Desafecto y el Abandono

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14.10.2025

Una de las decisiones más celebradas del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) fue la que estableció el criterio jurisprudencial del divorcio por desafecto.

En efecto, de acuerdo con esta jurisprudencia, los motivos de divorcio cambian. Ahora no hace falta invocar y probar las viejas causales, sino que basta con que uno de los cónyuges alegue la pérdida del afecto para que se declare la disolución del vínculo matrimonial. Esto, en palabras aptas para todo público.

Muchos juristas han considerado que este criterio no es tan nuevo porque se parece bastante a la vieja causal de abandono, la cual se producía cuando uno de los cónyuges se desentendía completamente del otro. Esto no es así: los antiguos juicios de divorcio eran juicios contenciosos donde había que invocar el incumplimiento de los deberes conyugales y, además, probarlo. Una de las cosas que más se celebra con el nuevo criterio es que ahora los cónyuges que se quieren divorciar no tienen que exponer en un expediente detalles de su intimidad, como ocurría........

© El Diario de Guayana