No fue ‘golpe’, sino sucesión constitucional ipso jure
Recientemente se conoció que, por instrucción del Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales que venían sustanciando —de manera indebida— procesos montados contra el Gobernador Camacho, la ex presidenta constitucional Áñez y el ex dirigente cívico Pumari, recién han dado cumplimiento a la Ley adjetiva penal en lo referente “al control de los plazos máximos de duración de la detención preventiva”, para su liberación. Estas víctimas, padecieron durante todo este tiempo tratos inhumanos, cuya reparación integral constituye ahora una obligación jurídica.
Debe precisarse que, en todos estos casos, a causa del analfabetismo jurídico de los operadores y del sesgo político de la persecución, el régimen wiphaleño omitió respetar el debido proceso, convirtiendo cada aprehensión en un verdadero secuestro. En consecuencia, todos esos procesos se encontraban viciados de nulidad (Art. 122 CPE).
El caso paradigmático de mayor absurdo jurídico fue el seguido contra la ex presidente........
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