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Silenciar al presidente

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19.10.2025

AMADEO GONZALEZ TRIVIÑO

Con una sentencia contraria a la jurisprudencia Constitucional, una de las salas del Consejo de Estado ha procedido a tomar decisiones que contravienen el ordenamiento jurídico, que violan los principios de legalidad, y los derechos del señor Presidente de los Colombianos, y en una clara y soterrada forma de congraciarse con un sector de la población colombiana contraria a las ideas del primer mandatario, establece parámetros que no existen en la ley, y que por consiguiente, bajo el amparo de la acción de tutela, propicia el desborde y la irracionalidad de su ejercicio constitucional, desconociendo que según la jurisprudencia: “Por mandato constitucional el Presidente de la República representa a la Nación tanto dentro del país como internacionalmente, lo cual le confiere la facultad de ser su vocero y, en ese orden de ideas, tiene el deber de mantener informados a sus conciudadanos en relación con todos los asuntos de orden económico, político y social, a fin, de que tenga plena realización el postulado constitucional establecido en el artículo 2° de la Carta, que consagra como uno de los fines esenciales del Estado facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la........

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