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El alzamiento constitucional contra el Latifundio en Trujillo (1811). El Mayorazgo de los Cornieles / Por Oswaldo Manrique

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03.02.2025

Adornaba la sala principal de la Casa Parroquial de Mendoza de los Timotes, una imagen de la Purísima, en la otra pared, un crucifijo de madera con un rosario que le guinda. Delante de la ventana, un sobrio escritorio de cedro de muchas gavetas y sus cerraduras, la silla acolchada del Padre Rosario y dos sillas para sentar a sus visitantes y fieles. Un día de agosto de 1811.

La dinámica económica trujillana durante la Colonia, basada en la agricultura y la ganadería, que requería mayores lotes de tierra fértil, bien ubicadas para la salida de su producción, encontró un fuerte obstáculo, que a muchos hacendados les causaba motivos de reproche y molestia, fue el establecimiento de una particular forma de propiedad de tierras: el Mayorazgo, que podía ser considerada la máxima expresión del modelo latifundista, que influyó contundentemente en el avance de la economía regional.

Esta forma de propiedad, con vigencia por las Leyes de Toro desde 1505, en que las aprobaron los reyes Fernando de Aragón e Isabel I de Castilla, permitía que las grandes fortunas de la época, fundamentalmente basadas en Tierras, fundos, hatos y haciendas, fueran instituidas como Mayorazgos, para que esos bienes, pasaran al hijo mayor, con el fin de evitar la disgregación, división, partición o venta o hipoteca de la fortuna familiar, es decir, se transmitía generacionalmente de uno a otro primogénito, con eso se perpetuaba en una sola familia la propiedad de extensas posesiones de tierras y no se esparcía, sino que por el contrario, uno de sus fines era acrecentar los bienes instituidos y posesiones de tierras; en fin, eran inalienables e indivisibles. Como privilegio, era un modo de mantener el poderío económico de la familia. Este derecho y prerrogativa de ciertos súbditos de los Reyes (latifundistas), fue........

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