¿Reforma del subsidio de desempleo o fracaso de la reforma laboral de 2021?
EL Gobierno de España, a través de su Ministerio de Trabajo y Economía Social, y los sindicatos CCOO y UGT han llegado a un acuerdo para reformar el subsidio de desempleo. Pese a las bondades que ambas partes defienden, y sin el apoyo de la patronal, con lo que no cabe hablar de diálogo social, y a la espera de un nuevo decretazo, hay que analizar lo malo de la reforma, a saber: el reconocimiento del fracaso de la reforma laboral de 2021.
¿Reforma del subsidio de desempleo o fracaso de la reforma laboral de 2021?
Para entender bien el sentido de las cosas, hay que partir de que desempleo es querer y no poder trabajar. Así se deduce, claramente, del Real Decreto Legislativo 8/2015 (TRLGSS), cuando, en su artículo 262 señala que se encuentran en situación de desempleo “quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo o vean suspendido su contrato o reducida su jornada ordinaria de trabajo”.
Con otras palabras, hay dos supuestos de desempleo: el desempleo total y el parcial, ahora eufemísticamente denominado ERTE, aunque el legislador, en el precepto mencionado, incluye parte de los ERTE también en el denominado desempleo total. En todo caso, ambos supuestos de desempleo deberían constar en las estadísticas de desempleo y paro, diferenciándolos con claridad.
Además, por remisión al artículo 267 del propio TRLGSS, y en virtud del referido artículo 262, hay que computar entre las personas en desempleo total a los contratados con carácter fijo-discontinuo, durante los periodos de inactividad, así como a las personas a las que se les ha resuelto su relación laboral durante el periodo de prueba, cuando con anterioridad se les hubiera extinguido un contrato de trabajo y dicha extinción da lugar a cobrar la prestación por desempleo o simplemente han transcurrido 3 meses desde dicha extinción.
Estos dos últimos supuestos están fuertemente vinculados a la reforma laboral de 2021, llevada a cabo también bajo la dirección del mismo Ministerio, con la diferencia de que entonces estaba en manos de Podemos y no de Sumar. Igualmente, cabe matizar que aquella reforma sí contó con el beneplácito de la patronal española. Aquella reforma........
© Deia (Tribuna Abierta)
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