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El Decreto Supremo 5503 desde la perspectiva del sector eléctrico

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21.12.2025

La arquitectura de la economía boliviana ha experimentado una transformación tectónica con la promulgación del Decreto Supremo 5503, una medida de necesidad y urgencia que busca desmantelar lo que el Presidente Rodrigo Paz Pereira denomina el "Estado tranca". Este instrumento normativo no solo responde a una crisis fiscal y monetaria de proporciones históricas, caracterizada por la pulverización de las Reservas Internacionales Netas, sino que establece las bases para una reingeniería profunda del sector eléctrico nacional. Para el sector energético, el decreto actúa como un catalizador frente al horizonte crítico de 2028, año en el que se proyecta que la producción nacional de gas natural será insuficiente para cubrir el consumo interno, obligando al país a una importación masiva de combustibles a precios internacionales para sostener su parque generador.   

El diagnóstico que fundamenta el Decreto Supremo 5503 abunda en justificaciones de lo que la gestión anterior hizo sumiendo al país en un deterioro estructural y terminal, donde el modelo de rentismo extractivo y el despilfarro administrativo comprometieron la seguridad energética. Esta crisis para el sector eléctrico se manifiesta en una dependencia peligrosa de la generación termoeléctrica, que representa hoy el 66% de la matriz nacional. Esta configuración depende de un suministro de gas natural que ha sido entregado a las generadoras a precios artificialmente bajos, una distorsión que ha impedido la competencia de las energías renovables y ha generado un vacío de inversión privada nacional e internacional durante las últimas dos décadas.   

Lo que hacía falta y tardó un poco en reconocerse y tomar medidas fue la declaratoria de Emergencia Económica, Financiera, Energética y Social en todo el territorio boliviano, estipulada en el Artículo 2 del Decreto Supremo 5503, esto formaliza el reconocimiento de una crisis de abastecimiento de combustibles que ha paralizado el aparato productivo y ha exacerbado los costos logísticos. Para el sector eléctrico, esta emergencia implica un cambio de paradigma en el manejo de los insumos fósiles. Históricamente, el gas natural destinado a las termoeléctricas ha gozado de un precio regulado de aproximadamente 1.30 USD/mpc, un valor significativamente inferior a los precios de exportación y al costo de oportunidad del recurso.   

Aunque el decreto se enfoca inicialmente en combustibles líquidos y GNV, sienta las bases para una revisión de los subsidios que, de no corregirse, podrían obligar a un incremento del 80% en las tarifas eléctricas finales una vez que el país se convierta en un importador neto de gas para generación. El ajuste de precios de los derivados del petróleo establecido en el Título VI del decreto es el primer paso hacia la sinceración de la economía energética.

La estabilización de los precios de los derivados del petróleo busca detener el drenaje de recursos en YPFB y fomentar la eficiencia económica. En el contexto eléctrico, el precio del Gas Oíl a 5.69 Bs/litro es fundamental para los Sistemas Aislados que dependen de este combustible para la generación térmica en regiones rurales y fronterizas. Este ajuste tarifario, aunque doloroso en el corto plazo, es una medida correctiva frente a un déficit fiscal primario, financiado mediante endeudamiento externo y la erosión de las reservas.   

El sector........

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