Modificaciones al SAE: ¿qué dicen realmente las fuentes que cita el Ejecutivo?
El autor de esta columna hace un análisis crítico de los informes internacionales y documentos técnicos que sustentan el proyecto de ley para modificar el Sistema de Admisión Escolar (SAE), el cual revela discrepancias significativas entre lo que las investigaciones realmente afirman y el uso que el Ejecutivo les atribuye en su argumentación. Sostiene que «cuando un gobierno invoca evidencia científica para fundamentar una reforma legal, esa evidencia deja de cumplir una función meramente ilustrativa y pasa a integrar las razones públicas de la decisión. Su utilización exige, por ello, un estándar especialmente exigente de fidelidad intelectual».
Imagen de portada: Diego Martin / Agencia Uno
En una democracia los mensajes presidenciales cumplen una función que va más allá de presentar un proyecto de ley. Son el espacio donde el Ejecutivo explica por qué considera necesario modificar el derecho vigente y cuáles son las razones que justifican hacerlo. Cuando esas razones descansan en investigaciones académicas o informes técnicos, las fuentes citadas dejan de ser un simple respaldo bibliográfico y pasan a formar parte de la justificación pública de la reforma. Ello no significa que el legislador deba seguir siempre las recomendaciones de la literatura especializada. Puede legítimamente apartarse de ellas. Lo que no resulta indiferente es que las investigaciones sean presentadas como si respaldaran conclusiones que en realidad no formulan.
El estándar mínimo de una deliberación pública fundada en evidencia exige que las fuentes sean representadas con fidelidad. El Mensaje Nº 082-374, que propone modificar el Sistema de Admisión Escolar mediante un mecanismo de elección mutua, ofrece un buen ejemplo de este problema. Su justificación descansa en informes internacionales, estudios empíricos y documentos técnicos. La cuestión que interesa examinar aquí no es si la reforma constituye una buena o una mala política pública. La pregunta es más acotada: las principales fuentes invocadas ¿respaldan efectivamente las conclusiones que el Mensaje les atribuye? El proyecto parte de un diagnóstico conocido, a saber, que el acceso a los establecimientos estaría determinado principalmente por el azar. Sin embargo, esa caracterización requiere algunos matices. Hasta el proceso de admisión 2025 el mecanismo aleatorio operaba únicamente como criterio subsidiario de desempate, una vez aplicadas las prioridades establecidas por la ley. Además, antes del ingreso del........
