Revisar y corregir Preámbulo Constitucional es para Venezuela dar un paso de siete leguas en pos del Libertador Simón Bolivar
No soy leguleyo ni jurista, tampoco me la echo de tal ni de cual; no me meto en camisa de once varas porque soy flaco y a más, a veces me patina el coco; luego, no tengo competencia en este asunto pero si la tuviese, y en atención a la racionalidad, menos osaría yo siquiera intentar lastimar con leve roce la susceptibilidad de fulano o de zutano, menganejo, mengano, menganillo o de perencejo porque eso no está en mí de ninguna manera, ni en sueños contimás despierto, espabilao; pero si usted pone en mis manos callosas una escoba, una escardilla, un martillo —y mire que no un anzuelo ensedaleado, un garapiño íd, un bou, o si prefiere una simple atarraya de seis varas y, menos un palangre porque eso es "mucho pantalón pa´pedro"— sabré usar medianamente.
Eh, incito a que ponga usted en mis manos un ejemplar de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 1999 y sin yo abrirlo tenga por seguro que le voy a decir: ¡anjá, venga a mí que tengo flor! —y de seguida— "ese libro es contentivo de un magnífico párrafo, excepto por un detalle que, desde mi modesto punto de vista, debe ser revisado y corregido".
Entiendo que revisar no siempre es abocarse a corregir pero si el revisor —en este caso han de ser, los revisores— es pilaponte va a ponerse mosca por sí las dípteras, ipso facto y se avocaría al asunto.
En principio, estimo yo acá en mi ignorancia, que si bien la Constitución de 1811 pudo haber sido un faro hemisférico al respecto del constitucionalismo en sí, en sentido lato, mayor relevancia tiene el que Venezuela hubiese entrompado pionera en ese menester, esplendorosamente, no obstante dado el........
